TSJ en el exilio ordena a la FAN desconocer al régimen de Maduro

TSJ en el exilio ordena a la FAN desconocer al régimen de Maduro

Foto Referencial
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El Tribunal Supremo de Justicia en el exilio emitió una sentencia con ponencia del magistrado Gabriel Calleja, a través de la cual ordenó a jueces, fiscales, funcionarios policiales y Fuerza Armada Nacional de Venezuela “procedan a desconocer y detener el régimen inconstitucional que se encuentra en poder del Ejecutivo Nacional, y en especial en la persona que ejerce en forma ilegítima la Presidencia de la República”.





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La sentencia fue emitida este lunes 19 de marzo luego de que fuera aceptado el recurso de interpretación constitucional del artículo 350 intentado de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela por las organizaciones Frente Institucional Militar (FIM); Alianza Militar por Venezuela, La Fundación Orión y el Tercer Factor, por el profesional del derecho Carlos Ramírez López, y por los ciudadanos David Atencio Piña, Carlos Alejandro Moreno, Cecilia Navas y otros de conformidad con lo previsto en los artículos 266 numerales 1 y 6, artículos 333, 334 y 335 todos, de la Constituciónnacional.

El texto expresa que el artículo 350 de la Carta Magna establece “el pueblo de Venezuela (…) desconocerá cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticos o menoscabe los derechos humanos”.

Por lo tanto, todo acto que menoscabe los derechos garantizados por la Carta Magna “son nulos y los que los ordenen o ejecuten aún recibiendo órdenes incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa”.