Dirigentes de ANCO plantean consulta constituyente al pueblo

Dirigentes de ANCO plantean consulta constituyente al pueblo

Foto: Prensa ANCO
Foto: Prensa ANCO

El Auditorio del Colegio de Médicos del estado Carabobo fue el escenario propicio para reunir a distintas personalidades y representantes de organizaciones políticas carabobeñas para escuchar a los dirigentes de la Alianza Nacional Constituyente Originaria (ANCO) en su llamado a “Consultar al pueblo en este momento constituyente”.

Nota de prensa

En el foro “El Coraje de la Esperanza”, Blanca Rosa Mármol, Magistrada Emérita del Tribunal Supremo de Justicia, consideró “La república y la democracia no son un regalo o una dádiva, se construye todos los dias con nuestra acción. Es momento de tomar decisiones y los demócratas decidimos votanto en una consulta real, auténtica y creíble”.





Por su parte, Enrique Colmenares Finol, ex ministro de Ambiente y Coordinador Nacional de ÁNCO, explicó “El próximo 24 de Junio debemos organizarnos para celebrar una consulta popular, de conformidad con lo previsto en la constitución, y promover, con votos, un camino de reunificación y reencuentro nacional. Este país no soporta seguir negándose unos a otros, solo juntos podemos restituir el pacto social de forma pacifica y, aun más importante, con participación ciudadana”.

A juicio de Colmenares, “El liderazgo nacional debe sumarse a esta hoja de ruta, clara y segura, para un transito pacífico desde la dictadura a la democracia. Es momento de decisiones, es momento de la concordia, es momento de una Constituyente Originaria” apuntó en medio de un clamoroso aplauso entre los asistentes.

Al ser consultado sobre los detalles de la consulta, Enrique Colmenares Finol indicó “Los venezolanos están convocados a respaldar un llamado constituyente originario auténtico, que permita relegitimar los poderes públicos, reformar la constitución de forma participativa y restituir los valores republicanos y democráticos” acotó

La propuesta dada a conocer por ANCO fue expuesta en los siguientes términos:

“La Alianza Nacional Constituyente (ANCO), solicita a la Asamblea Nacional activar de inmediato el Artículo 71 constitucional, con el voto de la mayoría simple de sus integrantes, a los fines de realizar de inmediato un Referendo Consultivo, en los mismos términos en los que se realizó la Consulta Popular el pasado 16 de Julio de 2017, donde la ciudadanía organizó y escrutó la decisión del pueblo soberano, sin la participación del Consejo Nacional Electoral (CNE). En este sentido y dada la gravedad de la situación nacional, solicitamos formalmente a esa Honorable Cámara de Diputados que sea consultado inmediatamente al pueblo de Venezuela en los siguientes términos:

1.- ¿Aprueba Ud. el restablecimiento de la democracia y la libertad en Venezuela, en el marco del respeto a los Derechos Humanos universalmente reconocidos?

2.- ¿Aprueba Ud. permitir la inmediata apertura de los canales de ayuda humanitaria, con el fin de dar asistencia en alimentos y medicinas al pueblo de Venezuela, bajo la supervisión de las Iglesias y Organizaciones de Derechos Humanos del país y que se proceda de inmediato a ordenar la libertad plena y el sobreseimiento de los procesos y medidas en contra de los enjuiciados y perseguidos políticos?

3.- ¿Aprueba Ud. desconocer y en consecuencia considerar disuelta la ilegítima Asamblea Nacional Constituyente instalada por el gobierno y nulas todas sus actuaciones?

4.- ¿Aprueba Ud. convocar una legítima Asamblea Nacional Constituyente Originaria por Iniciativa Popular, con Bases Comiciales que

incorporen proporcionalmente la más amplia representación ciudadana con principios rectores dignos y justos? (*)

5.- ¿Aprueba Ud. autorizar que la Asamblea Nacional Constituyente Originaria designe, de entre sus miembros electos, una Junta de Gobierno de Transición de Unidad Nacional hasta la aprobación de una nueva Constitución?

6.- ¿Aprueba Ud. respaldar a la comunidad internacional (OEA, ONU, Unión Europea, Estado Vaticano, Grupo de Lima, Parlamento Europeo, Ex Presidentes de IDEA) y demás países y organizaciones, en su determinación de ayudar al pueblo venezolano en su heroica lucha por el rescate de la libertad y aprobar su correspondiente apoyo a las acciones que se deriven de esta Consulta Popular?

7.- ¿Aprueba Ud. exigir a los integrantes de la Fuerza Armada Nacional que, de acuerdo a la Constitución y las leyes, den su apoyo al proceso y resultado de esta Consulta Popular?

(*) Las Bases Comiciales serán redactadas en los siguientes quince (15) días de la aprobación de la Consulta por una Comisión Electoral Especial de cinco (5) miembros, integrada por sectores representativos de la Sociedad Civil, y designada por la Asociación Venezolana de Rectores Universitarios (AVERU), en consulta con las Iglesias de Venezuela, y procurará la asistencia técnica pertinente y la participación ciudadana abierta y democrática en la toma de sus decisiones. Esta Comisión Electoral Especial determinará la fecha de la elección de los Constituyentes y la organización de los aspectos materiales del proceso electoral Constituyente, y se regirá por los siguientes principios rectores:

  1. Un nuevo Consejo Electoral Constituyente independiente como ente rector del proceso que dicte las normas, adopte las medidas y garantice la transparencia del proceso de elección de los Ciudadanos Constituyentes y cuyos miembros (en número impar) sean venezolanos de reconocida trayectoria ciudadana, representativos de los diversos sectores del pueblo, sin poder estos ser candidatos a Constituyentes de la Asamblea Nacional Constituyente convocada;
  2. Un sistema de elección de los Ciudadanos Constituyentes mediante votación libre, universal, directa y secreta, y que garantice la personalización del sufragio, la representación proporcional, el pluralismo político y un sistema de votación Manual;
  3. Un sistema electoral nominal proporcional de listas abiertas, con representación institucional de la sociedad civil, partidos políticos y otros grupos de electores;
  4. Un sistema de consultas populares vinculantes para asuntos de especial trascendencia nacional, regional y municipal;
  5. Periodo máximo de un año de duración de la Asamblea Constituyente Originaria y para la consulta popular para aprobar la nueva constitución.

Se debe convocar al Pueblo Soberano agotando todas las vías constitucionales posibles (Artículos 2, 3, 5, 7, 19, 70, 71, 333, 347, 348 y 350). Por las razones constitucionales y políticas antes señaladas, y como consecuencia del fraude electoral evidente y continuado perpetrado por el gobierno a la población en los procesos electorales celebrados en el 2017, el país se encuentra sumido en el desconcierto y la desesperanza. Corresponde entonces a la Asamblea Nacional, quien ejerce indirecta y transitoriamente la soberanía que reside en el pueblo, de quien depende y se debe su vigencia, acudir al Pueblo Soberano para

Consultarle y recibir de él su Voluntad y Mandato para que decida el destino de la Nación .