Acceso a la Justicia: El CNE no da tregua a los venezolanos

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Sin dar descanso, el Consejo Nacional Electoral (CNE) afecta los derechos políticos fundamentales de los venezolanos.





Nota de prensa

Tras recibir algunas denuncias, Acceso a la Justicia pudo conocer que el ente comicial está tendiendo a divulgar a través de la data del Registro Electoral (RE) que utilizará para el proceso del 20 de mayo, publicada en su portal web, la afiliación política de los electores que firmaron a favor de determinados partidos políticos en los procesos de renovación a los que fueron sometidos el año pasado.

Cabe recordar, que en entrevista realizada a la rectora Tania D’Amelio por el canal Venezolana de Televisión (VTV), el 14 de marzo del año pasado, la funcionaria aseguraba que el acceso a dicha data estaba sujeto a una “aplicación temporal”, incluso expresamente sostenía que sólo las organizaciones con fines políticos que participaron en el proceso de renovación de sus nóminas tendrían acceso a los datos.

Es de observar que si bien la publicación de este registro resultaba “justificable” para asegurar la transparencia del proceso de renovación de los partidos -según el CNE, y para garantizar la validación de las manifestaciones de voluntad de las personas que estaban interesadas en asociarse a las toldas, conforme a las Normas para la Renovación de Nóminas de Inscritos de las Organizaciones con Fines Políticos Nacionales, dictadas por el ente comicial mediante resolución 160304-0010 (publicadas en Gaceta Electoral n.° 801 del 6 de marzo de 2016), en la actualidad y, peor aún, en vísperas de un proceso comicial, la divulgación de este dato político configura una grave y peligrosa irregularidad.

En efecto, revelar a favor de cuál organización firmó el votante para nada guarda relación con la información para fines electorales, más bien introduce una conducta amenazadora por parte del ente comicial, que no sólo es contraria a las normativas electorales, sino también violatoria a la dignidad y privacidad de las personas, al exponer el acceso de una información que no tiene por qué ser pública para terceras personas, más si se toma en cuenta que pudiera potenciar la polarización que se vive actualmente en el país.

La arbitrariedad en la que está incurriendo el CNE respecto al manejo de un dato personal sensible, como es la información relativa a la afiliación o militancia política de los electores, así como la falta de protección y vulnerabilidad de las personas que participaron en el proceso de renovación de los partidos políticos, específicamente los de la oposición, comporta un conjunto de infracciones por parte del CNE que Acceso a la Justicia destaca a continuación:

Un estado de inseguridad y riesgo a los electores, que vulnera el derecho fundamental a la vida íntima y privada de las personas, contemplado expresamente en el encabezado del artículo 60 de la Constitución.

La violación del derecho a la autodeterminación informativa que se encuentra estipulado en la parte final del artículo 60 del texto constitucional, sobre todo cuando dispone la necesidad de limitar el uso de la informática para garantizar el honor y la intimidad personal y familiar de las personas.

La obligación de divulgar los datos relativos a la afiliación política de los electores no es requerida por la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPRE) ni por el texto de la Constitución. Fue instituida irregularmente por el CNE —vía reglamentaria— por orden de la Sala Constitucional (SC) del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) al implementar el proceso de renovación de los partidos políticos.

El ente comicial fomenta más trato desigual hacia los electores que no son simpatizantes o militantes del partido de gobierno (Partido Socialista Unido de Venezuela, PSUV), hasta el punto de que estas personas puedan ser consideradas “enemigos” “conspiradores” o “golpistas” de la revolución bolivariana o de los intereses del régimen, vulnerando los principios de igualdad, dignidad humana, libertad y el pluralismo político; valores republicanos fundamentales del Estado democrático y constitucional de derecho (artículos 2, 20, 21.1 y 62).

Exponer la afiliación política de los electores remite a la tristemente célebre “lista Tascón” (divulgada por el fallecido diputado progobierno Luis Tascón y que reveló quienes firmaron a favor del referendo revocatorio contra Hugo Chávez en 2004) y la “lista Maisanta” (data cruzada de inscritos en el RE, firmantes del revocatorio contra el presidente de la República, de diputados de la oposición e inscritos en misiones sociales) que fueron usadas para discriminar políticamente a opositores al Gobierno.

¿Y a ti venezolano, cómo te afecta?

El CNE, en lugar de custodiar y resguardar la confidencialidad de la militancia política de los electores, a fin de generar paz social y una mejor convivencia en el país, se dedica, sin ningún tipo de reparo, a fomentar más intolerancia y discriminación política, que desde hace ya tiempo impera en el país.

Este actuar del ente comicial busca respaldar a toda costa a un Gobierno cada vez menos democrático y más tiránico, y que sólo vela por sus propios intereses, al mismo tiempo que niega la dignidad y la libertad de la población venezolana, dos pilares fundamentales para la vigencia del estado de democrático de derecho.