William Anseume: La infranqueable violación de derechos humanos en Venezuela

William Anseume: La infranqueable violación de derechos humanos en Venezuela

thumbnailWilliamAnseumeNo son sólo las OLP, sistema de implantación de la pena de muerte silenciosa,  de los allanamientos de morada sin orden de tribunal, del irrespeto iracundo a los derechos ciudadanos violentados por la fuerza pública del Estado, es un todo que atropella lo que de humano nos va quedando.

No les ha bastado “colocar” en ese poder llamado Defensoría del Pueblo a un exgobernador electo por el partido de gobierno que “luce” franelitas y gorritas partidarias.

No les basta con crear ese panfleto del disimulo ante los bobos que es el “Plan Nacional de Derechos Humanos”, al que me referí en artículo publicado en la patilla el 06 de agosto.





La violación de los Derechos Humanos en Venezuela ha sido, pues, una política de Estado, acentuándose desde la jornada de Puente LLaguno hacia acá.

La creciente e indetenible debilidad política del gobierno ha venido siendo solapada con violencia: muerte, aprisionamiento de disidentes, tortura física y psicológica, uso de tribunales para imposiciones ilegítimas de penas, persecuciones, exilio; un arpegio de inhumanidad e ilegalidad como constante.

El abogado y defensor enconado de los Derechos Humanos en Venezuela, José Vicente Haro me hace conocer un instrumento jurídico de la OEA, con plena validez para todas las naciones que conforman dicha organización. Se trata de un documento de 2008 y se denomina: “Principios y Buena Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas”.

Este instrumento se incumple en Venezuela casi totalmente y debe ser denunciado, cuanto antes, su palmario incumplimiento.

Reconoce “… el derecho fundamental que tienen todas las personas privadas de libertad a ser tratadas humanamente, y a que se respete y garantice su dignidad, su vida y su integridad física, psicológica y moral”, sáquenlo por ahí.

De nada le vale a una nación tener un Plan de Derechos Humanos, una supuesta ministra carcelaria, un supuesto Defensor de no sé cual pueblo si no se cumplen los compromisos adquiridos en conjunto con las demás naciones en la materia, como manda nuestra Constitución.

Además, en estos Principios se destaca: “… la importancia que tiene el debido proceso legal y sus principios y garantías fundamentales en la efectiva protección de los derechos de las personas privadas de libertad, dada su particular situación de vulnerabilidad”.

Así: se incumplen en Venezuela los principios de: “Trato humano”, ya que “…protegerá de todo tipo de amenazas y actos de tortura, ejecución, desaparición forzada, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, violencia sexual, castigos corporales, castigos colectivos, intervención forzada o tratamiento coercitivo, métodos que tengan como finalidad anular la personalidad o disminuir la capacidad física o mental de la persona”.

Me cuentan que el egresado de la USB, brillante, graduado con honores, Juan Miguel de Sousa, se ha vuelto a desmayar, por sus continuos problemas de salud desatendidos en ese asco que es la “tumba” del Sebin en Plaza Venezuela.

Hoy es la supuesta audiencia preliminar de Araminta González, la estudiante también brillante, quien lleva 14 meses presa, recluida ahora en el INOF, quien fuera torturada vilmente en el CICPC. ¿Le darán audiencia? Al salir este artículo seguramente sabremos que no.

Se violenta impunemente el principio de Igualdad y no-discriminación. Cualquier Pran conocido por la ministra “vive” mejor que cualquier preso político, por ejemplo.

Se desplaza, de igual modo, el principio de “Libertad personal”: “…la privación de libertad de una persona deberá aplicarse durante el tiempo mínimo necesario”.

Por supuesto, se violentan también los principios de “Debido proceso legal” y los de “Ingreso, registro, examen médico y traslados”. Por ejemplo: “… tomarán en cuenta la necesidad de las personas de estar privadas de libertad en lugares próximos o cercanos a su familia, a su comunidad, al defensor o representante legal, y al tribunal de justicia u otro órgano del Estado que conozca su caso”. De ser así, ¿que hace la capitana Laided Salazar en Uribana, distante de su familia y su cría? ¿Por qué el estudiante Gregory Sanabria, sin pruebas, es privado de libertad y trasladado desde donde su humilde familia vive, en san Cristóbal hasta Caracas?

El principio de “Salud” ni qué hablar de su carencia de implementación en nuestro país, así como los de “Alimentación y agua potable”, “Albergue, condiciones de higiene y vestido”, “Educación”, figúrense que los detenidos tienen derecho a estudiar, derecho que no sólo no se les da a nuestros detenidos sino que se les niega, y su derecho al “Trabajo”, a  la “libertad de conciencia y religión”, “Libertad de expresión, asociación y reunión”, “medidas contra el  hacinamiento” y, muy especialmente sus “contactos con el mundo exterior”: “…mantener contacto personal y directo, mediante visitas periódicas, con sus familiares, representantes legales, y con otras personas, especialmente con sus padres, hijos e hijas, y con sus respectivas parejas”.

Casi todos los principios se incumplen. Esto debe ser denunciado ante la OEA con mucha firmeza, por cuanto Venezuela no aguanta ni de lejos una “Inspección institucional”, lo que debe solicitarse cuanto antes y recurrentemente.

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